miércoles, 8 de julio de 2015
Derechos Humanos: Una sentencia clave acerca de la violencia sexual del terrorismo de Estado en el marco de la "Noche de las Corbatas"
El 12 de junio de 2010 el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenó a prisión perpetua y cárcel común a Gregorio Rafael Molina, alias "El Sapo" o "Charles" - quien era el subjefe de la Base Aérea de Mar del Plata en 1977- por los homicidios agravados por ensañamiento y alevosía de los abogados Roberto Centeno y Jorge Candeloro; y por la privación ilegal de la libertad agravada, aplicación de tormentos agravada y violaciones reiteradas a tres mujeres cautivas, crímenes de lesa humanidad cometidos en el CCD "La Cueva".
Casi dos años después, la sentencia fue ratificada por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal “Los abusos sexuales por los que fue acusado, juzgado y condenado Gregorio Rafael Molina constituyen parte del ataque generalizado contra la población civil diseñado por el último gobierno militar en el marco del plan sistemático de represión estatal que habilita la caracterización de delitos de lesa humanidad y los torna imprescriptibles.” estableció este fallo clave porque por primera vez ratifica una condena por delitos sexuales considerándolos crímenes de lesa humanidad.
Surgido ante la apelación de la defensa de Molina, si bien refiere al caso contra Molina que fue condenado en 2010, sus fundamentos pueden aplicarse a otras condenas e investigaciones en curso.
Los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles. La violación y los abusos, la servidumbre sexual, en el marco de un ataque sistemático y generalizado a la población civil son, de acuerdo a la legislación internacional que nuestro país ha adoptado, crímenes de lesa humanidad que no prescriben ni tampoco pueden subsumirse en la figura de tormentos agravados.
En este sentido el juez Borinsky, integrante de la Cámara, señaló entre los considerandos que : "resulta pertinente y útil recordar que los hechos que se ventilan (...) constituyen una pequeña porción del universo de criminalidad estatal verificado durante la última dictadura militar”. Ese es “el contexto histórico de criminalidad” en el que el Tribunal de Mar del Plata condenó a Molina y “pueden ingresar en la categoría de crímenes contra la humanidad” que “debe ser, ex ante, aceptada, por cuanto esta clase de actos constituyen conductas criminales que se encontraron dentro de la discrecionalidad con la cual los comandantes dotaron a sus subordinados para cumplir con el plan criminal –ataque– dirigido contra la población civil”
En base a los testimonios de las víctimas que describieron las vejaciones de Molina y que son enumerados en el fallo, Borinsky afirma que “las violaciones por las que fue juzgado y condenado (...) Molina constituyeron, en el ámbito del centro clandestino de detención que funcionó en la Base Aérea de Mar del Plata, parte del ataque generalizado de represión ilegal orquestado por la última dictadura militar. Ello es así por cuanto, además de haberse constatado la regularidad de las agresiones sexuales que padecían las personas, especialmente las mujeres, que permanecieron cautivas en La Cueva, no encuentro razón alguna para excluir a las infracciones sexuales del plan criminal estatal acreditado en la sentencia de la causa 13/84 (del Juicio a las Juntas) pues, si la discrecionalidad otorgada por los comandantes a los cuadros inferiores alcanzó la toma de decisión para sellar la suerte de las víctimas (disyuntiva entre vida o muerte), no se explica por qué se pretende excluir las agresiones sexuales, como conductas criminales, del marco de discrecionalidad otorgado”.
El camarista Hornos agregó, por otra parte, ante la objeción sobre la regularidad de los hechos de índole sexual, que “hayan sido realizados, o no, ‘a gran escala’, ‘de modo generalizado o sistemático’, ‘con habitualidad’, o cualquier otra expresión equivalente, no constituye obstáculo alguno para su calificación como crímenes de lesa humanidad" pues la" norma relevante no exige la concurrencia de dichos elementos sino en lo que respecta al ‘ataque (generalizado y sistemático)’ del cual, eso sí, estas conductas individuales deben formar parte”.
(Citas del fallo en el artículo de Alejandra Dandan en Página/12, 23/2/12)
La "Noche de las Corbatas"
Mediante la Ley Nro. 27.115, quedó instituido el 7 de julio como "Dïa del Abogado Laboralista" con el cual se rinde homenaje “a los abogados asesinados en lo que se conoció como “La noche de las corbatas” y de todos los letrados que, por luchar por la Democracia y la República sufrieron el mismo destino”. EL proyecto de ley fue de autoría del Diputado Nacional Héctor Recalde (FPV).
En el juicio por delitos de lesa humanidad en Mar del Plata se condenaron 12 imputados, 6 de ellos a perpetua. Los jueces Alfredo Ruíz Paz, Lidia Soto y Elvio Osores Soler condenaron a la pena de prisión perpetua aJorge Toccalino, ex coronel; a Alfredo Arrillaga, ex general (quien ya cumplía una condena a perpetua);a Eduardo Blanco, ex coronel; a Leandro Marquiegui, ex coronel; a Ernesto Agustoni, ex comodoro; a José Beccio, ex vicecomodoro. Fortunato Rezett, ex militar, quien ya cumplía una condena a prisión perpetua, fue sentenciado a 25 años de prisión; Ernesto Orosco, ex comisario, a 12 años; Mario Larrea, ex oficial, a 5 años; Héctor Cerutti, ex comisario, a 5 años; Héctor Bicarelli, ex subcomisario, a 7 años y Nicolás Caffarrello, ex integrante de la Concentración Nacional Universitaria (CNU), a 5 años. Los imputados Marcelino Blaustein, ex inspector, y Aldo Sagasti, ex subcomisario, fueron absueltos.
Durante la denominada "Noche de las Corbatas" once personas fueron secuestradas, torturadas y muchas de ellas desaparecidas. Tomás Fresneda, María de las Mercedes Argañaraz de Fresneda –quien estaba embarazada de cuatro meses-, Norberto Centeno, Salvador Arestín, Raúl Alaiz, Camilo Ricci, Carlos Bozzi, José Verde y su esposa, María Esther Vázquez de García y su esposo, y Néstor García Mantica fueron secuestrados en Mar del Plata entre la tarde del 6 y la madrugada del 13 de julio de 1977. Camilo Ricci, Carlos Bozzi y José Verde y su esposa sobrevivieron a los secuestros y crímenes cometidos aquellos trágicos días. Durante la noche del 7 de julio, fueron secuestrados y luego detenidos en las instalaciones del viejo radar situado en la Base Aérea cercana a la ciudad de Mar del Plata seis abogados. Jorge Candeloro y su esposa fueron secuestrados días antes en Neuquén - el 13 junio de 1977- y trasladados a Mar del Plata semanas después.
Centeno, Arestín, Aláiz, Ricci, Bozzi, Candeloro y Fresneda eran abogados laboralistas que en plena dictadura militar asumían la defensa de detenidos políticos en Mar del Plata.
Entre 1976 y fines de 1977 el índice de secuestros que afectaron a estudiantes de derecho y abogados, recibidos o relacionados con esa facultad de Mar del PLata fueron llamativamente elevados.
Baldosa para la memoria frente al juzgado de Hooft
Entre los civiles allegados a los militares represores y que prestaron su colaboración, se encontraba el ex Juez Federal de Mar del Plata Pedro Hooft. En el fallo dictado el 28 de abril de 2014 por el jurado de enjuiciamiento de La Plata fue absuelto, pese a queen la séptima audiencia del jury de enjuiciamiento, el abogado Juan Carlos París lo incupó. diciendo que Hooft sabía que algunas de las víctimas de la Noche de las Corbatas habían sido capturadas por los militares durante la última dictadura. No fue suficiente. "en la investigación por las presuntas irregularidades y/u omisiones incurridas en el trámite de las causas relacionadas con las privaciones ilegales de la libertad sufridas por diversas personas, en su mayoría letrados, en la denominada Noche de las Corbatas, así como en los recursos de hábeas corpus interpuestos a favor de éstos, hechos ocurridos en el mes de Julio de 1977", indica el fallo dictado el 28 de abril de 2014 por el jurado de enjuiciamiento de La Plata.
Hace un año, el 7 de julio de 2014, miembros de la Comisión Permanente por la Verdad, Justicia y Memoria de Mar del Plata, organismos de Derechos Humanos y abogados de delitos de lesa humanidad colocaron la baldosa qeu rinde homenaje a las víctimas de la Noche de las Corbatas. Estuvo presente el Secretario de Derechos Humanos, Martín Fresneda, hijo de dos de lxs desaparecidxs. La baldosa fue colocada en las puertas de tribunales marplatense donde se desempeña el juez federal Pedro Federico Hooft quien fue sobreseído por un jury de enjuiciamiento que lo acusó de complicidad con la dictadura cívico militar al no hacer lugar a los habeas corpus presentados por los familiares de los abogados.
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