Perspectiva Feminista

Perspectiva Feminista
Un espacio de debate, lectura, formación

jueves, 29 de agosto de 2013

Además de las partes, hay un país afuera

Palabras de Horacio Verbitsky, del Centro de Estudios Legales y Sociales en la Audiencia celebrada ayer en Tribubales.

"El CELS llega a esta audiencia en cumplimiento del mandato de sus fundadores para contribuir a que esta democracia sea liberada de los resabios de la última dictadura cívico militar. Así como defendemos la plena vigencia de esta ley a cuya creación contribuimos desde la Coalición para una Radiodifusión Democrática, también hemos propiciado la depuración de este tribunal hace una década, la derogación del código de justicia militar, la derogación de las leyes de punto final y obediencia debida, la modificación de los tipos penales que restringían la libertad de expresión, el adecentamiento de los lugares de encierro. Lo hicimos en todos los casos antes de que existiera el actual gobierno.
Celebramos la iniciativa de esta Corte a favor de la transparencia y la participación, pero no coincidimos en la transformación del amicus curiae* en un subordinado amicus partis.
Al constreñir a los amigos del tribunal a la abogacía de una parte, la Corte desmiente el pronunciamiento de su presidente contra la politización de la justicia, y aplana como mera cuestión de partes un debate vital para la formación de la voluntad popular en una democracia más plena e informada.

Además de las partes en este expediente, hay un país afuera.
Una confusa redacción de la acordada que dispuso esta audiencia redunda en que puedan abogar como independientes algunos partisanos camuflados. Nos hemos amoldado a esta injusta restricción que polariza y empobrece los términos de esta discusión para no agravar la ya escandalosa dilación judicial que paralizó durante cuatro años la ley elaborada con mayor participación social que se recuerde
".


Notas:
-“amicus curiae", expresión latina: amigos del tribunal, utilizada para las presentaciones de terceros ajenos a un litigio que aportan argumentos para un fallo mejor y más equitativo
- el 22 de mayo la CSJN resolvió por unanimidad destrabar el artículo 161 de la LSCA que se refiere a la desinversión a aquellos grupos que superen el tope de la regulación, entendiendo que no había en la presentación realizada por el grupo Clarín ningún punto que sostuviera el presunto ataque a la libertad de expresión. La decisión dispuso mantener la medida cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161, con un plazo de treinta y seis meses que había dispuesto la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, en 2009. Es decir, la cautelar dejaría de estar vigente el 7 de diciembre de 2012. Sin ambargo, la Corte no se pronunció sobre el pedido de inconstitucionalidad de la ley planteado por el Grupo Clarín.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

(Por limitaciones de Blogger, los comentarios no pueden exceder los 4096 caracteres)